A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Nicolas Hurtgado Belalcazar·Demandado Grupo Sentencias Deaj
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Cali y el Juzgado Veinticuatro Civil del Circuito de Oralidad de Bogotá D.C.
La controversia entre los precitados despachos se originó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos fundamentales alegada por la parte demandante.
Teniendo en cuenta que los dos juzgados tienen competencia para tramitar el amparo, la Corte decidió dar prevalencia a la elección que el actor hizo a prevención y dispuso enviar el expediente l Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Cali para que, de forma inmediata, inicie el trámite de amparo respectivo y profiera la decisión de fondo a la que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 27 de septiembre de 2021 proferido por el Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Cali, mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela formulada por el senor Nicolas Hurtado Belalcazar en contra del coordinador del grupo de sentencias de la Direccion Ejecutiva de Administracion Judicial.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4090 al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Cali para que, de forma inmediata, inicie el tramite de amparo respectivo y profiera la decision que corresponda en la accion de tutela promovida por el senor Nicolas Hurtado Belalcazar.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Veinticuatro Civil del Circuito de Oralidad de Bogota.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.